¿Qué ocurrirá con los ERTE cuando finalice el Estado de Alarma?

LOS ERTE

Con la fase de desescalada cada vez más avanzada ya se puede observar que cada vez queda menos para que finalice el Estado de Alarma.

¿Pero qué ocurrirá con los ERTE cuando lleguemos a este punto?

Inicialmente se estableció en el Real Decreto 8/2020 que el ERTE se terminaría cuando se terminase el Estado de Alarma. Esto solo tendría sentido si tras finalizar el Estado de Alarma pudiéramos volver a nuestras vidas como si nada hubiera pasado, como si esta brutal crisis desapareciera de la noche a la mañana, pero esto no es así… En esta línea es por lo que el pasado 12 de mayo se promulgó el Real Decreto 18/2020 en el que se establece la posibilidad de continuar en con el ERTE aún cuando finalice el estado de alarma.

Es evidente que la actividad no se va a reanudar al 100%, si no que se irá reanudando poco a poco de manera gradual. Por motivos sanitarios una de las claves que el gobierno está controlando en la desescalada es el aforo de los comercios. Se ha permitido abrir a restaurantes y a otros comercios con un tercio del aforo, pero con este aforo es imposible que estas empresas puedan sostenerse y ni siquiera cubrir sus costes.

Pero cuidado, es posible que aún levantándose estas limitaciones de aforo y debido a las nuevas circunstancias a las que nos tengamos que adaptar, estas empresas vean imposible cubrir sus costes con la disminución de ingresos provocados por la nueva situación “post Covid”.

Una de las medidas más sonadas adoptadas por el Gobierno durante el estado de alarma es la Prohibición de despedir a trabajadores incluidos en los ERTES en los 6 meses siguientes al levantamiento del ERTE. Estos 6 meses se contarán desde que el primer trabajador de la empresa se reincorpore, es decir desde que reanudamos la actividad empresarial.

Por lo que según esto, una empresa que reanude su actividad a finales de Julio, no podrá despedir a trabajadores alegando esta disminución de facturación hasta finales de Diciembre.

Hay que tener claro que la mejor manera de salvar el empleo de los trabajadores es salvar la empresa y que esta sea viable. Desgraciadamente todo indica que nos vamos a encontrar con numerosas empresas que aunque reinicien su actividad no logren cubrir sus gastos.

¿Qué puede hacer una empresa si aún reanudando la actividad, no cubre los gastos y no puede despedir?

En estos casos la empresa acudirá a un concurso de acreedores. Se prevé que en los próximos meses se produzcan en España unos 50.000 concursos de acreedores, esto supone multiplicar por 5 el número de concursos de acreedores que hubo durante los peores años de la última crisis económica.

Una de las medidas más sonadas adoptadas por el Gobierno durante el estado de alarma es la Prohibición de despedir a trabajadores incluidos en los ERTES en los 6 meses siguientes al levantamiento del ERTE

Desde Arcoser Abogados queremos transmitirte nuestro mejor consejo para poder salvar tu empresa, que no es otro que actuar rápido y adelantarte a los acontecimientos y a la situación de insolvencia total acudiendo al concurso antes de que sea muy tarde, y no esperar al 31 de diciembre, fecha en la que seguramente sea ya demasiado tarde y nos obligue a acudir a la liquidación.